Aguinaldo sin
proporcional inventado.
La ley dice 1 de diciembre a 30 de noviembre entre 12. No enero–diciembre, no “partir salario en 2”.
Fórmula: (suma salarios del período ÷ 12). Si salario varía, usá promedio.
Da 7/12 en vez de 8,6/12 para alguien que entró en marzo y distorsiona ₡50–80 mil en salarios de ₡600 mil.
Planilla y liquidación toman 1 dic–30 nov y conservan el valor cerrado aunque cambie el año.
El decimal vive como texto; el navegador no recalcula.
¿Qué período usa el aguinaldo legal?
1 de diciembre al 30 de noviembre. Se divide lo devengado en esos 12 meses entre 12. No es proporcional a días del año natural ni a fecha de ingreso.
¿Si entré en marzo?
Se promedia lo percibido desde tu ingreso hasta el 30 de noviembre. Inari pide ingreso, salarios y salidas para no calcular a ojo.
¿El aguinaldo paga cargas?
No paga CCSS ni renta en Costa Rica. Es un derecho aparte; la planilla de Inari lo trata como tal.
¿Siguiente?
A la liquidación le faltan cesantía y preaviso. Calculalos juntos.
Sin permanencia. El contador entra sin costo en todos los planes.